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Press Release

Boletín #93

Empleadores aún deben procurar que su personal desarrolle funciones a distancia, en especial si existen condiciones de alto riesgo ante el contagio por COVID-19 !

El Ministerio del Trabajo recordó el contenido de la Circular 30, expedida el 8 de mayo de 2020 por el Ministerio de Salud y Protección Social, en la cual se indicó que las personas con condiciones de salud o situaciones que representen un alto riesgo frente al contagio por COVID-19 deben ser priorizadas para realizar sus actividades laborales de manera remota o a distancia o para ser objeto de las alternativas previstas en la legislación laboral y reiteradas por el Ministerio de Trabajo, tales como turnos u otras formas de organización del trabajo, de tal manera que tengan un menor riesgo de contacto con otras personas.

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