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Corte Constitucional reconoce derechos laborales y protección a la maternidad en actividad no regulada (modelaje webcam)
Según el Boletín No. 46 del 26 de mayo de 2021, en la sentencia T-109 de 2021 se reconocieron los derechos propios de una relación laboral en el oficio que una mujer desempeñaba dentro de una actividad no regulada en Colombia, como lo es el modelaje webcam. La Corporación protegió los derechos de la trabajadora, quien es madre de 2 menores de edad y fue desvinculada sin ninguna garantía laboral cuando tenía 8 meses de embarazo porque para el propietario del estudio webcam su relación no era laboral sino comercial. Para la Corte, aunque la actividad no esté regulada en Colombia, eso no implica que las empresas o sus trabajadores estén por fuera de la Constitución y la ley, ni puede convertirse en un escenario para abusos y violación de derechos, como sucedió en el caso estudiado, en el cual se evidenció que algunos se aprovechan de la dura realidad a que se enfrentan muchas mujeres en condiciones de vulnerabilidad que ingresan a este tipo de industrias por situaciones de pobreza y ausencia de oportunidades. El Alto Tribunal aplicó las leyes laborales y las reglas sobre el fuero de maternidad y, como consecuencia de ello, resarció los derechos de la trabajadora y emitió otras órdenes dirigidas a varias entidades, tendientes a proteger y regular los derechos de quienes se dedican a esa actividad.