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Press Release

Boletín #139

DIAN aclara que inconstitucionalidad de una disposición tributaria no genera automáticamente devolución de saldos a favor

El pasado 15 de julio, se expidió la Ley 2101 de 2021, que modificó el artículo 161 del C.S.T. y estableció la reducción gradual de la jornada máxima legal en Colombia. La Ley también destaca, entre otros, los siguientes puntos:

  • Si el empleador lo desea, puede acogerse a la jornada de 42 horas semanales desde la entrada en vigor de la ley (15 de julio de 2021), así que no es obligatorio hacer la transición de manera gradual.
  • La reducción de la jornada no implica reducir el salario del trabajador ni afectar sus derechos adquiridos.
  • Las 42 horas semanales podrán distribuirse, de común acuerdo entre empleador y trabajador, en 5 o 6 días a la semana y el trabajo diario será de mínimo 4 horas y máximo 9 horas, sin lugar a ningún recargo por trabajo suplementario, cuando el número de horas de trabajo no exceda el promedio de 42 horas semanales.
  • Una vez terminado el tiempo de implementación gradual (cuando se haya alcanzado la nueva jornada máxima de 42 horas semanales), el empleador estará exonerado de aplicar los artículos 3 de la Ley 1857 de 2017 (jornada familiar semestral) y 21 de la Ley 50 de 1990 (obligación de destinar 2 horas semanales a actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación si la empresa cuenta con más de 50 trabajadores cuya jornada sea la máxima legal)

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