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Press Release

Boletín #70

Aporte de trabajo, conocimientos tecnológicos o secretos industriales y/o comerciales en las SAS

En Concepto 220-223052 del 15 de noviembre de 2020, al ser consultada sobre si la experiencia contractual de una persona podría aportarse al capital de una sociedad, la Supersociedades recordó que en la sociedad por acciones simplificada pueden hacerse aportes de industria sin estimación de su valor y con estimación de su valor. En el primer caso, pueden crearse acciones de goce o industria, para las personas que aportan trabajo, determinados conocimientos tecnológicos o secretos industriales y/o comerciales. Señaló que, de conformidad con el artículo 137 del Código de Comercio, este tipo de aportes no son parte del capital social y quienes sean titulares de este tipo de acciones pueden asistir a las reuniones de la asamblea, participar en las utilidades que se decreten y, al liquidarse la sociedad, participar de las reservas acumuladas y valorizaciones producidas durante el tiempo en que fue accionista, en la forma y condiciones estipuladas.

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