Reglamentan beneficios tributarios para sector agropecuario
Con el Decreto 849 del 16-06-20 (Min. Hacienda) se reglamenta la renta exenta aplicable a las inversiones calificadas por el Ministerio de Agricultura como inversiones que aumentan la productividad del sector agropecuario (Art. 235-2 #2 del E.T.).
Se precisa que el beneficio no aplica a las inversiones que sean el resultado de procesos de fusión, absorción, escisión o cualquier tipo de reorganización empresarial o de inversiones. A su vez, el total de ingresos brutos fiscales percibidos por el inversionista, cada año gravable, provenientes de las actividades económicas que clasifican para la procedencia de la renta exenta definirá el rango de empleos mínimos, conforme con la tabla definida contenida en el Decreto.