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Impuestos

Declaración del impuesto sobre la renta y de activos en el exterior

Declaración del impuesto sobre la renta año gravable 2017 y Declaración de activos en el exterior para personas naturales

Decreto 1951- Noviembre 28 de 2017

NO están obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementario por el año
gravable 2017 los siguientes contribuyentes:

a) Los asalariados que no sean responsables del impuesto a las ventas del régimen común, cuyos ingresos brutos provengan por lo menos en un 80% de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria, siempre y cuando en relación con el año gravable 2017 se cumplan la totalidad de los siguientes requisitos adicionales.

b) Las personas naturales y sucesiones ilíquidas que no sean responsables del impuesto a las ventas del régimen común, residentes en el país, siempre y cuando, en relación con el año 2017 cumplan la totalidad de los siguientes requisitos.

Requisitos:

1. Que el patrimonio bruto en el último día del año gravable 2017 no exceda de cuatro mil quinientas (4.500) UVT ($143.366.000).

2. Que los ingresos brutos sean inferiores a mil cuatrocientas (1.400) UVT ($44.603.000).

3. Que los consumos mediante tarjeta de crédito no excedan de mil cuatrocientas (1.400) UVT ($44.603.000).

4. Que el valor total de compras y consumos no supere las mil cuatrocientas (1.400) UVT ($44.603.000).

5. Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, no excedan de mil cuatrocientas (1.400) UVT ($44.603.000).

c) Personas naturales o jurídicas extranjeras. Las personas naturales o jurídicas extranjeras, sin residencia o domicilio en el país, cuando la totalidad de sus ingresos hubieren estado sometidos a la retención en la fuente de que tratan los artículos 407 a 411 inclusive del Estatuto Tributario y dicha retención en la fuente les hubiere sido practicada.

d) Las personas naturales que pertenezcan al monotributo.

Declaración Voluntaria del Impuesto sobre la Renta. El impuesto sobre la renta y complementario, a cargo de los contribuyentes no obligados a declarar, es el que resulte de sumar las retenciones en la fuente por todo concepto que deban aplicarse a los pagos o abonos en cuenta, según el caso, realizados al contribuyente durante el respectivo año o período gravable. Sin embargo, podrán presentarla y dicha declaración produce todos los efectos legales.

Están obligados a presentar la Declaración Anual de Activos en el Exterior las personas naturales contribuyentes del Impuesto sobre la Renta y Complementarios que posean activos en el exterior de cualquier naturaleza poseídos a 1 de enero de 2018 (Art. 607 ET).

Plazos para presentar la declaración Impuesto sobre la Renta y Complementarios y Activos en el Exterior Personas Naturales

 

Declaración de renta