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BOLETÍN TRIBUTARIO Y LEGAL

Boletín #272

Renta exenta en indemnización por despido injustificado no puede exceder de 1.340 UVT anuales

La renta de trabajo exenta prevista en el numeral 10 del artículo 206 del Estatuto Tributario sobre las indemnizaciones por despido injustificado o bonificación por retiro definitivo debe ajustarse a los límites establecidos en el numeral 4 del artículo 336 de esta normatividad, conforme a lo indicado por la DIAN.

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