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Press Release

Boletín # 127

¡Atención! Este miércoles 30 de junio es el plazo máximo para pagar la prima de servicios

Así lo recordó el Ministerio del Trabajo, en un comunicado en el cual reiteró que esta prestación social debe pagarse en junio y diciembre de cada año a todo trabajador que cumpla las condiciones de un empleado dependiente. Recalcó que el no pago puede generar la imposición de multas de 1 a 5000 SMLMV y el que los jueces del trabajo ordenen el pago de la indemnización moratoria que corresponde a un día de salario por cada día de retraso en el pago. Igualmente, recordó que desde 2016 también tienen derecho al pago de la prima de servicios los empleados que prestan servicios como trabajadores del hogar, realizando tareas como aseo, cocina, lavado, planchado; jardineros, cuidadores de fincas, conductores y niñeras, entre otros.

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