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Licencia remunerada compensable debe permitir el descanso del trabajador
En reciente concepto, el Ministerio del Trabajo recordó que una de las alternativas propuestas por la entidad para promover la conservación del empleo en el marco de la actual emergencia sanitaria fue la licencia remunerada compensable, que permite al trabajador disfrutar del descanso pago, durante el término de la licencia para luego compensar dicho tiempo a través del trabajo en jornadas adicionales a la ordinaria, sin que ello se considere trabajo suplementario o de horas extras. Sobre ello, también aclaró que ese sistema de compensación debe permitir al trabajador “tener un descanso diario a través del cual pueda recuperarse del desgaste ocasionado con el cumplimiento de sus labores diarias a favor del empleador”. Reiteró, finalmente, que en caso de que un trabajador sea diagnosticado con COVID-19, pero no se le expida una incapacidad (por no ser necesaria a criterio del personal médico), podrán implementarse las distintas alternativas previstas en la ley y resumidas en las circulares 21 y 33 de 2020, emitidas por dicha cartera.