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Press Release

Boletín #106

En teletrabajo se deben pagar horas extras, si se excede la jornada laboral: Corte Constitucional

Mediante el Comunicado No. 14 del 21 de abril de 2021, la Alta Corporación informó sobre la sentencia C-103 de 2021, en la cual concluyó que, "con independencia de que el teletrabajo sea verificable o no, se pueden pactar horarios que deben respetar unos mínimos como es el caso de las normas sobre jornada laboral", razón por la cual se debe reconocer y pagar el trabajo que, a solicitud del empleador, se haya ejecutado por fuera de la jornada máxima semanal. Reiteró que al teletrabajo sí le es aplicable el tope de la jornada laboral establecido en la ley.

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