Se aclaran algunos límites del Derecho de Inspección
La SuperSociedades en reciente Oficio de numero 220-035995 del 30 de marzo del 2021, se pronunció al respecto de los límites frente al alcance, la oportunidad y los sujetos en quienes se configura el derecho de inspección. Así pues, se indica que le corresponde a la administración de la sociedad el estudio de los documentos que se presentarán a la asamblea.
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