Exoneración de reportar información sobre beneficiarios efectivos no aplica asociedades con accionistas extranjeros
Según lo expresado en el concepto 220-187089 de la Superintendencia de sociedades, la solicitud de reconocimiento del proceso de insolvencia extranjero en Colombia cuando se adelanten entre miembros de un grupo empresarial resulta completamente facultativo dado que, la Ley 1116 de 2006 que consagra el régimen de insolvencia empresarial, establece varios procedimientos de insolvencia que se determinan según la finalidad que se persiga.